Comisión por transferencia: cuándo puedes reclamarla

Las comisiones por transferencia son de las más desconocidas en cuanto a su regulación, y precisamente por eso, de las que más se cobran incorrectamente sin que el cliente se dé cuenta. Existen normas europeas muy concretas —una de ellas muy reciente— que determinan cuándo un banco puede cobrarte por enviar dinero y cuándo no.

El principio básico: igualdad de trato dentro de la Unión Europea

El Reglamento (UE) 2021/1230, que actualiza la normativa europea sobre pagos transfronterizos, establece un principio muy claro: una transferencia en euros entre países de la Unión Europea (o del Espacio Económico Europeo) debe costarte exactamente lo mismo que una transferencia nacional equivalente en euros. Es decir, si tu banco no te cobra por hacer una transferencia dentro de España, tampoco debería cobrarte por enviar esa misma cantidad a una cuenta en Francia, Alemania o cualquier otro país de la zona euro/EEE, siempre que la operación se haga en euros.

Esta norma solo aplica a operaciones en euros dentro de la zona SEPA; las transferencias en otras divisas o hacia países fuera de la UE/EEE no están cubiertas por esta regla de igualdad.

Novedad importante: las transferencias inmediatas ya no pueden costar más

Este es un cambio muy reciente que muy poca gente conoce todavía: el Reglamento (UE) 2024/886, sobre transferencias inmediatas en euros, establece que las comisiones por una transferencia inmediata no pueden ser superiores a las que el mismo banco cobra por una transferencia ordinaria equivalente. Antes de esta norma, era habitual que los bancos cobraran varios euros extra (de media, en torno a 3,65-3,69 € según datos del sector) por el simple hecho de que el dinero llegara en segundos en lugar del día siguiente.

Los plazos de aplicación de esta norma para bancos de la zona euro son:

  • Desde el 9 de enero de 2025: los bancos que ya ofrecían transferencias inmediatas debieron igualar el precio de envío al de las transferencias ordinarias.
  • Desde el 9 de octubre de 2025: todos los bancos que ofrecen transferencias ordinarias en euros están obligados también a ofrecer transferencias inmediatas, con el mismo principio de igualdad de precio.

En la práctica, esto significa que si tu transferencia ordinaria es gratuita, la inmediata también debe serlo. Si tu banco te sigue cobrando un extra por la inmediatez desde estas fechas, es un cobro que puede ser reclamable.

Cuándo SÍ es legal que te cobren por una transferencia

  • Transferencias en divisas distintas al euro, o hacia países fuera de la UE/EEE, donde no aplica el principio de igualdad de coste.
  • Comisiones acordadas explícitamente y comunicadas con antelación, cuando ordenas una transferencia sin facilitar el IBAN (y el BIC si corresponde) de la cuenta destino; en ese caso, el banco puede aplicar una comisión adicional, siempre que sea proporcional al coste real y la hayas aceptado previamente.
  • Servicios adicionales vinculados a la transferencia (por ejemplo, notificaciones especiales o gestiones personalizadas) que hayas contratado expresamente.

Cuándo es reclamable

  • Te han cobrado más por una transferencia en euros a otro país de la UE/EEE que por una transferencia nacional equivalente.
  • Te han cobrado un extra por una transferencia inmediata, siendo la ordinaria gratuita o más barata, en fechas posteriores a la entrada en vigor de la nueva normativa (enero u octubre de 2025, según el caso).
  • Te han aplicado una comisión sin haberte informado con antelación de su importe.

Cómo reclamar la comisión por transferencia

  1. Identifica el cargo concreto: revisa el extracto y comprueba si se trata de una transferencia en euros dentro de la UE/EEE, o de una transferencia inmediata.
  2. Compara el importe cobrado con el que tu banco aplica a una transferencia nacional/ordinaria equivalente: esta comparación es la base de tu reclamación.
  3. Presenta la reclamación citando expresamente el Reglamento (UE) 2021/1230 (para transferencias transfronterizas en euros) o el Reglamento (UE) 2024/886 (para transferencias inmediatas), según corresponda. Tienes una plantilla lista para adaptar en Mejor forma de reclamar comisiones bancarias: plantilla y consejos.
  4. Si no obtienes respuesta satisfactoria, puedes escalar la reclamación siguiendo el proceso general que explicamos en la guía principal del sitio.

Preguntas frecuentes

¿Esta norma aplica también a transferencias fuera de la zona euro, como a Reino Unido o Estados Unidos? No. El principio de igualdad de coste solo aplica a operaciones en euros dentro de la Unión Europea y el Espacio Económico Europeo. Las transferencias a países fuera de esta zona, o en otras divisas, pueden tener comisiones legítimas distintas.

Si mi banco cobra por todas las transferencias, tanto nacionales como internacionales, ¿puedo reclamar igualmente? No en base a esta norma concreta, ya que el principio es de igualdad, no de gratuidad. Si tu banco cobra lo mismo por ambos tipos de transferencia, cumple con la normativa, aunque siempre puedes valorar cambiar a una cuenta con transferencias gratuitas si te compensa.

¿Puedo reclamar comisiones de transferencias inmediatas cobradas antes de enero de 2025? La obligación de igualar precios entra en vigor en las fechas indicadas (enero y octubre de 2025). Para cargos anteriores a esas fechas, la comisión podía ser legal si estaba correctamente informada, salvo que existiera algún otro motivo de reclamación (falta de transparencia, por ejemplo).


Aviso: este artículo tiene una finalidad puramente informativa y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. La aplicación de esta normativa depende de las circunstancias concretas de cada operación. Para una valoración precisa, consulta con un profesional o con el servicio de atención al cliente de tu entidad.

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