Qué son las comisiones bancarias abusivas

Este es el concepto sobre el que se sostiene absolutamente todo lo demás en esta web: para saber si te compensa reclamar, primero hay que entender exactamente qué convierte una comisión bancaria normal en una comisión abusiva o indebida. No es una cuestión de opinión ni de que el importe te parezca alto — existe un marco legal muy concreto que lo determina.

Definición: qué es una comisión bancaria abusiva

Una comisión bancaria abusiva es aquella que un banco cobra incumpliendo los requisitos legales que exige la normativa española de transparencia bancaria para que un cobro de este tipo sea válido. Cuando una comisión no cumple esos requisitos, dejar de ser un cobro legítimo y pasa a ser un cobro indebido que el cliente tiene derecho a que le sea devuelto, con sus intereses correspondientes.

Es importante remarcar algo: «abusiva» no significa simplemente «cara». Un banco puede cobrar una comisión de 30 € perfectamente legal, y otro puede cobrar una de 5 € que sea abusiva. Lo que determina si es reclamable no es el importe en sí, sino si se cumplen o no los requisitos legales que veremos a continuación.

El marco legal: qué normativa regula las comisiones bancarias

La regulación principal de las comisiones bancarias en España se encuentra en:

  • Circular 5/2012 del Banco de España (actualizada por la Circular 2/2019), sobre transparencia de los servicios bancarios.
  • Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de Servicios de Pago, que regula específicamente las comisiones relacionadas con cuentas, tarjetas y transferencias.
  • Orden EHA/2899/2011, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
  • El Código Civil y la normativa general de protección de consumidores, en lo relativo a cláusulas abusivas en contratos.

Estas normas, en conjunto, establecen los requisitos que debe cumplir cualquier comisión para ser legal.

Los tres requisitos que debe cumplir toda comisión bancaria legal

Para que un banco pueda cobrar legítimamente una comisión, deben cumplirse simultáneamente estos tres requisitos:

1. Debe corresponder a un servicio solicitado o aceptado expresamente por el cliente

No es suficiente con que la comisión aparezca mencionada en la letra pequeña de un contrato general. El cliente debe haber solicitado o aceptado de forma específica el servicio por el que se le cobra. Por ejemplo: si nunca pediste una tarjeta con seguro de viaje incluido, pero el banco te la cobra igualmente, este requisito no se cumple.

2. El servicio debe haberse prestado efectivamente

El banco tiene que haber realizado realmente una gestión o prestado un servicio real, no un cobro automático sin contrapartida. Por ejemplo: una «comisión de gestión de descubierto» que se aplica de forma automática sin que exista ninguna gestión humana real detrás (llamadas, cartas, negociación) puede incumplir este requisito.

3. El importe debe ser transparente y estar correctamente informado

La comisión tiene que estar publicada en las tarifas del banco, ser conocida por el cliente antes del cobro, y no duplicar un concepto ya cubierto por otra comisión. Un cambio de tarifas que no se comunica con la antelación y claridad exigidas también puede incumplir este requisito.

Cuando un cargo no cumple alguno de estos tres requisitos, es candidato a ser reclamado como comisión abusiva. Cuantos más requisitos incumpla, más sólida es la reclamación.

Comisión abusiva vs. comisión «cara»: la diferencia que mucha gente no tiene clara

Es un error muy común pensar que cualquier comisión elevada es automáticamente reclamable. No es así. Un banco tiene libertad para fijar el precio de sus servicios (dentro de ciertos límites de transparencia), así que una comisión de mantenimiento de 25 € al mes, por ejemplo, puede ser perfectamente legal si:

  • El cliente aceptó expresamente esa cuenta con esas condiciones.
  • El servicio de mantenimiento de cuenta se presta realmente.
  • El importe estaba publicado y se comunicó con claridad.

Lo que la convierte en reclamable no es que te parezca cara, sino que incumpla alguno de los tres requisitos anteriores — por ejemplo, que hayas dejado de cumplir sin saberlo una condición de bonificación, o que el banco haya subido el importe sin previo aviso adecuado.

Comisión indebida vs. cláusula abusiva: dos conceptos relacionados pero distintos

Estos dos términos se usan a veces de forma intercambiable, pero conviene diferenciarlos:

  • Comisión indebida o abusiva: se refiere al incumplimiento de los requisitos de transparencia bancaria explicados arriba (normativa de servicios de pago y transparencia).
  • Cláusula abusiva: es un concepto más amplio del derecho de consumo (regulado por el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios), que se refiere a cualquier cláusula contractual que genere un desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes, en perjuicio del consumidor — un concepto que se ha aplicado, por ejemplo, a las cláusulas suelo o a ciertos gastos de constitución de hipoteca.

En la práctica, muchas comisiones bancarias reclamables lo son por ambas vías a la vez, pero es útil conocer la diferencia porque el argumento legal exacto que uses en tu reclamación puede variar según el caso.

Qué dice el Tribunal Supremo sobre esto

La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha ido perfilando con los años qué tipo de comisiones y gastos bancarios se consideran indebidos, especialmente en materia de gastos de constitución de hipoteca y comisiones de apertura. Puedes consultar un resumen de las sentencias más relevantes en Sentencias del Tribunal Supremo sobre comisiones bancarias abusivas.

Tipos de comisiones bancarias más habituales

Dentro de esta categoría iremos desarrollando cada tipo de comisión en detalle, pero como resumen, las más frecuentes son:

  • Comisión de mantenimiento y administración de cuenta
  • Comisión por descubierto o posiciones deudoras
  • Gastos de constitución de hipoteca (notaría, gestoría, registro, tasación)
  • Comisión por transferencias, especialmente internacionales
  • Intereses de tarjetas revolving por encima de límites considerados usurarios

Puedes profundizar en cada uno de estos conceptos desde esta misma categoría, empezando por Comisión de mantenimiento: cuándo es abusiva y cómo reclamarla.

¿Qué pasa si una comisión es declarada abusiva?

Cuando se confirma —ya sea por el propio banco, por el Banco de España o por un juzgado— que una comisión es indebida, el cliente tiene derecho a:

  • La devolución íntegra del importe cobrado indebidamente.
  • Los intereses legales correspondientes desde la fecha de cada cobro hasta la devolución.
  • En caso de vía judicial con sentencia favorable, potencialmente la condena en costas al banco.

Cómo saber si una comisión concreta que te han cobrado es abusiva

Si has leído hasta aquí porque sospechas de un cargo concreto en tu cuenta, el siguiente paso es revisar tus propios extractos aplicando esta prueba de los tres requisitos. Tienes la guía práctica completa, con ejemplos, en Cómo saber si tu banco te ha cobrado comisiones abusivas, y el detalle de la diferencia legal exacta entre comisión legal y abusiva en Diferencia entre comisión legal y comisión abusiva.

Preguntas frecuentes

¿Todas las comisiones que no entiendo son abusivas? No necesariamente. Que no entiendas un concepto no lo convierte en ilegal; puedes (y debes) pedir al banco que te lo explique con detalle antes de dar por hecho que es reclamable.

¿Puede un banco cambiar sus comisiones cuando quiera? No sin cumplir ciertos requisitos: debe comunicar los cambios con antelación suficiente (habitualmente al menos dos meses) y de forma clara, permitiendo al cliente, si no está de acuerdo, cancelar el producto sin coste.

¿Es lo mismo una comisión abusiva que un fraude o estafa bancaria? No. Una comisión abusiva es un cobro que incumple la normativa de transparencia bancaria, pero se realiza dentro de una relación contractual legítima. Un fraude implica una actuación dolosa o un cargo no autorizado en absoluto por el cliente, y se trata por vías distintas (normalmente más urgentes).


Aviso: este artículo tiene una finalidad puramente informativa y no constituye asesoramiento jurídico individualizado. La calificación legal de una comisión concreta como abusiva depende de las circunstancias específicas de cada contrato y relación bancaria. Para una valoración precisa de tu caso, consulta con un profesional.

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